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CIRCULAR N°17 – Año Jubilar 2025

San Miguel de Tucumán, 19 de diciembre de 2024.

 

A los sacerdotes del presbiterio arquidiocesano, A LOS DIÁCONOS, A LOS MIEMBROS de Comunidades de vida consagrada, SOCIEDADES de vida APOSTÓLICAS y movimientos eclesiales, y a todoS LOS FIELES DE LA IGLESIA QUE PEREGRINA EN TUCUMÁN.

Asunto: Año Jubilar de la Esperanza 2025

 

Queridos hermanos:

Por mandato del Sr. Arzobispo de Tucumán, Mons. Carlos A. Sánchez, me dirijo a ustedes para compartir con profunda alegría lo referente a la celebración en nuestra Arquidiócesis del Jubileo de la Esperanza 2025. A partir de la siguiente página tienen todo lo dispuesto para aprovechar este Año Santo de Gracia que nos otorga la Santa Madre Iglesia. Aprovecho también de recordar las condiciones generales para la obtención de la Indulgencia plenaria:

·         Para ser capaz de lucrar indulgencias, es necesario estar bautizado, no excomulgado, en estado de gracia por lo menos al final de las obras prescriptas.

·         La persona debe tener intención, por lo menos general, de ganarlas y cumplir las obras prescriptas dentro del tiempo establecido y en forma debida, a tenor de la concesión.

·         La indulgencia plenaria solo puede ganarse una vez al día.

·         La obra prescripta para la obtención de una indulgencia plenaria aneja a una iglesia consiste en la visita piadosa a este lugar y el rezo del Padrenuestro y el Credo.

·         Para ganar una indulgencia plenaria, además de la exclusión de todo afecto a cualquier pecado, incluso venial, se requiere la ejecución de la obra enriquecida con indulgencia y el cumplimiento de tres condiciones, que son: la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice.

·         Con una sola confesión sacramental pueden ganarse varias indulgencias plenarias en cambio, con una sola comunión eucarística y una oración por las intenciones del Papa solo se gana una indulgencia plenaria. Las tres condiciones pueden cumplirse unos días antes o después (entiéndase 8 días) de la ejecución de la obra prescripta, pero conviene que las dos últimas se realicen el mismo día en que se cumple la obra.

·         La condición de orar por las intenciones del Sumo Pontífice se cumple si se reza según su intención un solo Padrenuestro y una sola Avemaría; pero se concede a cada fiel la facultad de rezar cualquier otra fórmula, según su piedad y devoción.

(Cf. Enchiridion Indulgentiarum 17 – 20)

Unidos en la Eucaristía, y bajo la protección de la Bienaventurada Virgen María de la Merced, los saludo fraternalmente en Cristo Señor.