PROT. Nº 157/24
C I R C U L A R N° 03
San Miguel de Tucumán, 05 de marzo de 2024
A LOS SACERDOTES DEL PRESBITERIO ARQUIDIOCESANO, A LOS DIÁCONOS Y A LAS SUPERIORAS Y SUPERIORES DE COMUNIDADES DE VIDA CONSAGRADA Y A TODO EL SANTO PUEBLO DE DIOS.
ASUNTO: Recordando carta a los Sacerdotes y demás
fieles sobrealgunos asuntos económicos.
Recordar fecha límite de presentación del balance
anual el 31 de marzo de 2024.
Queridos hermanos:
Por mandato del Sr. Arzobispo de la Arquidiócesis de Tucumán, Mons. Carlos A. Sánchez, les vengo a recordarles la “Carta a los sacerdotes y demás fieles sobre algunos asuntos económicos” (Prot. N° 831/22 de fecha 20 de octubre de 2022). En particular,
porque la fecha límite para presentar el balance y el inventario está próxima a vencer. “Recordarles, ante todo, lo que nos pide obligatoriamente la Iglesia en el Código de
Derecho Canónico y en el Estatuto vigente del Consejo de Asuntos Económicos de la
Arquidiócesis:
1- Toda Parroquia debe tener un Consejo de Asuntos Económicos Parroquial (cf.
can. 537 y 1280 C.I.C.): Las parroquias que todavía no lo hayan hecho, enviar la lista de sus miembros a Cancillería para su nombramiento, ya que éste debía estar constituido hasta el 31 de marzo de 2023.
2- Libro de Ingresos y Egresos parroquial: debe estar al día y a disposición del Arzobispado.
3- Rendición de cuentas y balance anual de la parroquia, para entregar al Arzobispado, antes del 31 de marzo de cada año (cf. can. 1284 §2 8° C.I.C.).
4- Es importante añadir a lo anterior la confección anual y actualizada del Inventario Parroquial de todos los bienes pertenecientes a la parroquia, casa parroquial y demás dependencias, para entregar al Arzobispado antes del 31 de
marzo de cada año.
5- Subsidios que se solicitan al Estado u otro organismo: deben tener siempre el visto bueno del Arzobispado para tramitarlos.
6- Colectas imperadas: deben ser entregadas íntegramente para el destino que fueron realizadas, no pueden destinarse a otro fin y no podemos cambiar su finalidad.
7- Mutual San Pedro y Fides: que se abone mensualmente para garantizar la seguridad y cobertura médica de los sacerdotes.